Las instituciones que investigan la baja calidad del salami incurren en una falta frente a diversos acuerdos internacionales de los que el país forma parte, al negarse a citar los nombres de las marcas. Así lo aseguran varios expertos en la materia, consultados por elCaribe, al plantear que, por ejemplo, el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos y Centroamérica (DR-Cafta) obliga a República Dominicana a seguir un proceso de transparencia fitosanitaria, cuando haya un caso como el del salami, actualmente, y a realizar las notificaciones correspondientes, tomando en cuenta que esto puede constituirse en una amenaza para la salud de los consumidores dominicanos y fuera del país.
Los expertos aseguran que las autoridades del Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), ni de ninguna institución con responsabilidad en el manejo del tema puede escudarse en la confidencialidad que le otorga el artículo 121, de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, para no dar los nombres de los tipos de salamis no aptos para consumo, porque en este caso “se trata de un asunto que pudiera afectar la salud de la gente”. Lo que sí dejan claro los consultados, es que cuando se trata de una empresa que está sometida por un asunto de formulación, por ejemplo, las instituciones deben mantener la confidencialidad, pero cuando se trata de una falta contra el sistema de salubridad del país, es obligatorio citar los nombres de las empresas y de los productos que no deben ser consumidos.
El primer requisito en comercio internacional cuando existe un problema fitosanitario en un país es que éste realice labores de publicidad y de notificación ante la Organización Mundial del Comercio. “Cuando se trata de un problema fitosanitario las instituciones tienen que notificar de qué producto y empresa se trata, por dos razones fundamentales. Primero, si el producto cruza la frontera, como en este caso, porque el salami se exporta a Haití, hay que evitar que eso genere inconvenientes. Lo otro es el consumo, porque hay que prevenir un problema de salud a quien lo utiliza, sostienen los especialistas.
La notificación debe presentarse también a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hay que procurar que los países importadores, si existieran, utilicen el tema como pretexto para señalar otros productos en el futuro como carentes de calidad. En definitiva, lo que sugieren los expertos es “seguir las reglas para evitar el descrédito de República Dominicana”.
Guías internacionales
La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la OMS tienen una guía para la aplicación de los principios de análisis de riesgos y en situaciones sobre seguridad de los alimentos.
Esa guía cita que frente a una cuestión que envuelve la alimentación no se debe subestimar la gravedad de la situación y que debe indicarse tan claramente como sea posible para el público. Plantea también que se debe indicar cuáles son los riesgos del producto y lo que debe hacer el público si lo ha consumido.
Desde que el Instituto de Protección de los derechos del Consumidor (Pro Consumidor) reveló hace varias semanas que un estudio hecho a 22 embutidoras había dejado malparadas a esas industrias, porque la mayoría incumple los estándares de calidad y de contenido de proteínas requeridos, se ha desatado un avispero en el país. Diversos sectores, incluyendo el Consejo Nacional de la Empresa Privada y el Centro de Exportación e Inversión de República Dominicana, han pedido que se revelen los nombres de las industrias que no operan adecuadamente, para no afectar el negocio en su conjunto y para que los consumidores tengan la opción de elegir cuál salami consumen.
Consejo ofrece respaldo a Altagracia Paulino
Varias veces los periodistas han pedido a Pro Consumidor dar los nombres de las empresas que producen salami sin calidad. La funcionaria se ha reservado el derecho, acogiéndose a lo establecido en el artículo 121 de la Ley 358-05, que dice: “La información que haya sido proporcionada a la dirección ejecutiva de Pro Consumidor, durante el procedimiento de investigación, se considerará de carácter confidencial con respecto a terceros”.
Sin embargo, un abogado experto en comercio internacional asegura que la institución está obligada a citar los nombres, porque no se trata de un asunto de tipo privado, sino de orden público, sujeto a compromisos internacionales en esa materia, como en la OMC. Indica que la ley nacional está por debajo de los acuerdos internacionales. Ayer el consejo de Pro Consumidor respaldó incondicionalmente las acciones de su directora, Altagracia Paulino, para evaluar la calidad e inocuidad del salami fabricado por empresas de RD.
Comparte este artículo con tus amigos en Facebook,y Twitter con los botones debajo de cada post.¡Gracias! ..Fuente/ElCaribe /
Los expertos aseguran que las autoridades del Instituto de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor), ni de ninguna institución con responsabilidad en el manejo del tema puede escudarse en la confidencialidad que le otorga el artículo 121, de la Ley de Protección de los Derechos del Consumidor, para no dar los nombres de los tipos de salamis no aptos para consumo, porque en este caso “se trata de un asunto que pudiera afectar la salud de la gente”. Lo que sí dejan claro los consultados, es que cuando se trata de una empresa que está sometida por un asunto de formulación, por ejemplo, las instituciones deben mantener la confidencialidad, pero cuando se trata de una falta contra el sistema de salubridad del país, es obligatorio citar los nombres de las empresas y de los productos que no deben ser consumidos.
El primer requisito en comercio internacional cuando existe un problema fitosanitario en un país es que éste realice labores de publicidad y de notificación ante la Organización Mundial del Comercio. “Cuando se trata de un problema fitosanitario las instituciones tienen que notificar de qué producto y empresa se trata, por dos razones fundamentales. Primero, si el producto cruza la frontera, como en este caso, porque el salami se exporta a Haití, hay que evitar que eso genere inconvenientes. Lo otro es el consumo, porque hay que prevenir un problema de salud a quien lo utiliza, sostienen los especialistas.
La notificación debe presentarse también a la Organización Mundial de la Salud (OMS) y hay que procurar que los países importadores, si existieran, utilicen el tema como pretexto para señalar otros productos en el futuro como carentes de calidad. En definitiva, lo que sugieren los expertos es “seguir las reglas para evitar el descrédito de República Dominicana”.
Guías internacionales
La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la OMS tienen una guía para la aplicación de los principios de análisis de riesgos y en situaciones sobre seguridad de los alimentos.
Esa guía cita que frente a una cuestión que envuelve la alimentación no se debe subestimar la gravedad de la situación y que debe indicarse tan claramente como sea posible para el público. Plantea también que se debe indicar cuáles son los riesgos del producto y lo que debe hacer el público si lo ha consumido.
Desde que el Instituto de Protección de los derechos del Consumidor (Pro Consumidor) reveló hace varias semanas que un estudio hecho a 22 embutidoras había dejado malparadas a esas industrias, porque la mayoría incumple los estándares de calidad y de contenido de proteínas requeridos, se ha desatado un avispero en el país. Diversos sectores, incluyendo el Consejo Nacional de la Empresa Privada y el Centro de Exportación e Inversión de República Dominicana, han pedido que se revelen los nombres de las industrias que no operan adecuadamente, para no afectar el negocio en su conjunto y para que los consumidores tengan la opción de elegir cuál salami consumen.
Consejo ofrece respaldo a Altagracia Paulino
Varias veces los periodistas han pedido a Pro Consumidor dar los nombres de las empresas que producen salami sin calidad. La funcionaria se ha reservado el derecho, acogiéndose a lo establecido en el artículo 121 de la Ley 358-05, que dice: “La información que haya sido proporcionada a la dirección ejecutiva de Pro Consumidor, durante el procedimiento de investigación, se considerará de carácter confidencial con respecto a terceros”.
Sin embargo, un abogado experto en comercio internacional asegura que la institución está obligada a citar los nombres, porque no se trata de un asunto de tipo privado, sino de orden público, sujeto a compromisos internacionales en esa materia, como en la OMC. Indica que la ley nacional está por debajo de los acuerdos internacionales. Ayer el consejo de Pro Consumidor respaldó incondicionalmente las acciones de su directora, Altagracia Paulino, para evaluar la calidad e inocuidad del salami fabricado por empresas de RD.
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